
Conservar la dignidad de la persona y promover su calidad de vida son los fines principales de Thalassad® Ética Asistencial.
Lograr una relación de confianza interpersonal nos exige al Equipo Asistencial Thalassad® actitudes éticas que posibiliten el respeto a su personalidad, a sus valores, y a su privacidad.
Que la persona asistida perciba que es estimada desde la escucha, la cercanía y la protección a su intimidad son los pilares bioéticos del Equipo Asistencial Thalassad® y para ello nos capacitamos en buenas prácticas personalizadas con evidencia científica, especialmente en ámbitos de dependencia y en los procesos de final de la vida.
La protección de la intimidad se deriva del derecho de las personas a proteger su vida privada de injerencias no autorizadas por parte de otras personas.
El acceso al ámbito privado de la persona requiere de su consentimiento para evitar que se puedan sentir invadidas, incómodas, apresuradas y, en consecuencia, experimenten malestar y sufran.
La necesidad de intimidad en ciertos procesos de toma de decisiones también precisa de espacios y tiempos de soledad o en compañía de las personas elegidas, así como una atención especial y respeto a los valores y emociones presentes en estas circunstancias.
Desde el Equipo Asistencial Thalassad® también nos comprometemos y garantizamos la confidencialidad en el tratamiento de documentos e informaciones personales e informaremos a la persona usuaria durante las intervenciones decisivas y de los límites del secreto profesional.

Tanto la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, como la Ley autonómica 1/2003 de Servicios Sociales de la Generalitat Valenciana asumen expresamente los criterios de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de 1999 LOPD y vienen a redundar en el respeto a la confidencialidad y la custodia de los datos generados por los sujetos.
Ambos derechos (confidencialidad y protección de datos) están recogidos en diferentes leyes como son: La Constitución Española, la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente en el ámbito sanitario, la Ley 1/2003 de Servicios Sociales de la Generalitat Valenciana y otras. (Las normas legales de y capaciten a las personas mayores para ejercer sus derechos como ciudadanos y ciudadanas en condiciones de simetría.
Pretendemos que las personas puedan vivir de acuerdo a su modo de ser propio y puedan continuar su desarrollo biográfico logrando una vida realizada.